28 feria internacional de arte contenporàneo
								
				26 de Agosto del 2008 a las 16:24:15 0 Leído (358)
				
				individuales de los EXPOSITORES. 
La DIRECCIÓN se reserva el derecho de modificar las condiciones de cada stand, dentro de criterios razonables y desviándose del emplazamiento, 
dimensiones o formas solicitadas, cuando el concepto, configuración o distribución del espacio expositivo general así lo requirieran. 
Cada EXPOSITOR será informado de su adjudicación mediante el envío del plano general con indicación exacta de su ubicación. 
11.- INSPECCIÓN DE LAS OBRAS EXPUESTAS 
La DIRECCIÓN o Comisión Delegada, con el asesoramiento del COMITÉ, inspeccionará los stands, tanto durante su montaje como a lo largo del 
desarrollo de ARCO'09, con objeto de velar por el cumplimiento de la presente normativa así como verificar que la disposición, presentación y montaje 
del stand se ha realizado con arreglo a los criterios objetivos y la concepción espacial de ARCO'09. 
Si hubiera objeciones sobre alguna de las obras expuestas o a exponer, el EXPOSITOR quedará obligado a poner fin a la situación que hubiera podido 
motivar tales objeciones, retirando la obra o sustituyéndola por otra que sea admisible. En caso contrario se podría proceder a la clausura del stand, 
sin que el EXPOSITOR tenga derecho a percibir ninguna cantidad como indemnización o por cualquier otro concepto. 
La vigilancia y control de los citados aspectos pueden justificar la exclusión de un EXPOSITOR en la siguiente edición de ARCO, según lo expuesto 
en los Apartados 5 ("Condiciones") y 6 (”Selección y Participación”) de estas NORMAS. 
12.- CATÁLOGO 
ARCO edita un CATÁLOGO OFICIAL de la Feria en soporte papel y digital en el que el EXPOSITOR queda obligado a insertar publicidad, en las 
condiciones fijadas en el FORMULARIO DE CONTRATACIÓN de cada uno de los diferentes programas. 
El EXPOSITOR contribuirá a la buena realización de la publicación facilitando la información gráfica y escrita necesaria que garantice la calidad y 
precisión deseables. El EXPOSITOR deberá observar, estrictamente, los plazos de entrega del material requerido. 
13.- GABINETE DE PRENSA 
El Gabinete de Prensa tiene como misión emitir información adecuada sobre los artistas y las GALERÍAS o EDITORAS EXPOSITORAS en la Prensa 
diaria y especializada. 
Los EXPOSITORES deberán facilitar, a su vez, información amplia y veraz, así como material gráfico de alta calidad, que les pudiera ser solicitado. 
14.- PARTICIPACIÓN DE GALERÍAS EN EL MARCO DE PROGRAMAS COMISARIADOS 
A su buen criterio, IFEMA podrá admitir la participación en ARCO'09 de GALERÍAS o EDITORAS seleccionadas por comisarios nombrados al efecto y 
cuyo objetivo es fomentar la presencia del arte más experimental y emergente, aportando a ARCO'09 una programación de gran interés para coleccionistas 
y responsables de museos. Esta selección será aprobada en un Comité Organizador. 
15.- PARTICIPACIÓN DE OTRAS INSTITUCIONES, PUBLICACIONES Y REVISTAS DE ARTE Y PENSAMIENTO Y EDITORAS 
A su buen criterio, IFEMA podrá admitir la participación en ARCO'09 de determinadas INSTITUCIONES que se hayan distinguido por su dedicación al 
fomento y al coleccionismo del arte contemporáneo, así como una selección de PUBLICACIONES y REVISTAS DE ARTE Y PENSAMIENTO Y 
EDITORAS. 
DISPOSICIÓN FINAL 
IFEMA no responde de las opiniones manifestadas por el COMITÉ o por cualquiera de sus miembros antes o después de la celebración de aquél, en 
relación con cualquiera de las Solicitudes presentadas. 
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PUNTUACIÓN 
El Comité observará rigurosamente, a la hora de valorar las solicitudes presentadas, los 
objetivos establecidos en las NORMAS ESPECÍFICAS DE PARTICIPACIÓN y en el 
REGLAMENTO DEL COMITÉ ORGANIZADOR para ARCO'09, además de los siguientes 
Criterios de Evaluación y Puntuación. Éstos son: 
I. Línea de la Galería 
II. Profesionalidad y prácticas comerciales 
III. Calidad de las exposiciones, o calidad y distribución de las ediciones, en el caso 
de EDITORAS 
IV. Presencia de sus artistas en colecciones públicas y/o privadas de referencia 
V. Actividad en el ámbito internacional: 
- Intercambio de exposiciones con Galerías de otros países 
- Promoción internacional de los artistas de la Galería 
VI. En el caso de las Galerías de Arte Contemporáneo, Emergente y Experimental, 
pruebas de colaboración directa con artistas 
VII. Apoyo a la creación más actual 
VIII. Edición de publicaciones de sus artistas/exposiciones 
IX. Repercusión de su actividad en los medios de comunicación social 
X. Participación en las principales Ferias internacionales 
XI. Participación en ARCO 
Todos estos conceptos serán evaluados y puntuados sobre un máximo de 100 puntos. 
NOTA: 
En caso de que se produjera empate de puntuaciones entre distintas GALERÍAS o 
EDITORAS solicitantes, se tratará de determinar la prioridad en la incorporación a ARCO, 
según los criterios establecidos en el apartado 6 de las NORMAS ESPECÍFICAS DE 
PARTICIPACIÓN ARCO'09. 
GALERÍA: 
_____________________________________________________________ 
EI abajo firmante declara conocer las Normas Generales de Participación de IFEMA 
además de las específicas de ARCO’09, las acepta y se compromete a observarlas en 
toda su extensión 
_______________, _______ ____________ 2008. 
(fecha, firma y sello del solicitante*) 
* El firmante actuará ante la Dirección de ARCO y, a todos los efectos, como 
representante del solicitante. 
1.- ORGANIZACIÓN 
La organización de la FERIA INTERNACIONAL DE ARTE CONTEMPORÁNEO (en adelante ARCO) es responsabilidad de IFEMA, en todo lo que 
se refiere a su concepción, realización y administración. 
IFEMA nombrará el COMITÉ ORGANIZADOR de ARCO que decidirá los participantes en la Feria, teniendo en consideración las propuestas del 
COMITÉ ASESOR, que se regirá por un REGLAMENTO propio. 
Ambos COMITÉS, estarán asistidos por un GRUPO DE TRABAJO TÉCNICO que revisarán, entre otros temas, la documentación administrativa 
que deben aportar las GALERÍAS o EDITORAS Solicitantes, y estarán constituidos por técnicos de IFEMA. 
El COMITÉ ASESOR analizará todas y cada una de las documentaciones preparadas por el Grupo de Trabajo Técnico responsable de la revisión 
de la documentación administrativa proporcionada por las GALERÍAS o EDITORAS DE ARTE CONTEMPORÁNEO Y DE VANGUARDIA (en 
adelante las GALERÍAS o EDITORAS) Solicitantes. 
El COMITÉ ASESOR analizará, asimismo, los dossieres suministrados por las GALERÍAS o EDITORAS solicitantes, conteniendo información 
gráfica sobre sus artistas, en especial de aquél o aquellos cuya presentación en ARCO propone, sobre el espacio galerístico (o instalaciones en 
el caso de EDITORAS) y su programa de exposiciones (o ediciones en caso de EDITORAS). 
Son miembros del COMITÉ ORGANIZADOR: 
a) 4 representantes de los Organos rectores de IFEMA. 
b) 2 representantes de IFEMA. Uno de ellos hará las veces de Presidente y en su caso ostentará el voto de calidad. También representará 
a IFEMA la Dirección de ARCO. 
c) Hasta cuatro personas de reconocido prestigio nombradas por IFEMA. 
Son miembros del COMITÉ ASESOR: 
a) Hasta un máximo de 14 representantes de Galerias o expertos en Arte Contemporáneo designados por IFEMA. 
b) 2 representantes de IFEMA. Uno de ellos hará las veces de Presidente y en su caso ostentará el voto de calidad. También representará 
a IFEMA la Dirección de ARCO. 
Para la celebración de las sesiones del COMITÉ ASESOR deberán participar un mínimo de 9 miembros, siendo imprescindible la presencia del 
Presidente del Comité Ejecutivo y del Director General de IFEMA o de las personas en las que puedan delegar. 
Estarán representados en ambos COMITES las personas designadas entre quienes, cumpliendo el Artículo 15.2 de la Ley 15/1997, de 25 de Junio, 
de Ordenación de Actividades Feriales de la Comunidad de Madrid, sean personalidades distinguidas y de reconocido prestigio en las actividades 
relacionadas con ARCO: GALERISTAS y EDITORES que participen como expositores en ARCO y RESPONSABLES DE ENTIDADES ARTÍSTICAS, 
que sean representativas a nivel sectorial y territorial de los sectores económicos que constituyen la oferta a exhibir. 
El REGLAMENTO del COMITÉ ASESOR define tareas y las obligaciones de los miembros, así como los procedimientos a seguir. 
La DIRECCIÓN de ARCO, (en adelante la DIRECCIÓN) será designada por IFEMA y ejercerá por delegación de ésta la concepción, realización 
y administración de ARCO. 
Las deliberaciones, calificaciones y clasificaciones serán de carácter reservado, si bien la clasificación será dada a conocer al Solicitante. 
NORMAS ESPECÍFICAS DE PARTICIPACIÓN EN ARCO'09 
Estas NORMAS ESPECÍFICAS rigen la organización y la participación de EXPOSITORES (GALERÍAS y EDITORAS DE ARTE CONTEMPORÁNEO 
Y DE VANGUARDIA) en ARCO, FERIA INTERNACIONAL DE ARTE CONTEMPORÁNEO, que se celebrará en Feria de Madrid entre los días 
11 y 16 de Febrero de 2009 (en adelante ARCO'09), y son complementarias de las NORMAS GENERALES DE PARTICIPACIÓN DE LA 
INSTITUCIÓN FERIAL DE MADRID (en adelante IFEMA) PARA TODOS LOS CERTÁMENES
				
								
							
				
				
				
				
				
				
					
				
				
					
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